(…)los factores psicosociales deben ser evaluados objetiva y subjetivamente, utilizando los instrumentos que para el fin hayan sido validados en el país Artículo 8°. Vigilancia Epidemiológica. Los empleadores o contratantes deben adelantar programas de vigilancia epidemiológica de factores de riesgo psicosocial, con el apoyo de expertos y la asesoría https://jackiex036oph7.ssnblog.com/profile